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Sobre el supuesto cierre de hostimedia...

Tema en 'La Comunidad' iniciado por picante, 4 Feb 2012.

  1. picante

    picante Usuario activo

    Aunque ni soy jurista, ni voy de ello, creo que tengo bastante sentido común y por eso pienso en voz alta lo siguiente:

    ¿Alguien se ha parado a pensar que una empresa no se puede dictaminar en quiebra de un día para otro, y que esto conlleva seguir unos trámites burocráticos previos?

    ¿No será el comunicado de hostimedia una mera estratagema para eludir sus responsabilidades sobre sus últimas chapuzas e intentar lucrarse vendiendo su maltrecha carte de clientes?
     
  2.  
  3. mlumbreras

    mlumbreras Usuario activo

    Una Sociedad de Responsabilidad Limitada, como era Hostimedia (y todavía es), puede declararse inactiva en cualquier momento. Legalmente no están obligados a tener un motivo de peso para poder hacerlo, cualquier motivo es válido, siempre que se acuerde en Junta General de Socios. Declararse inactiva lleva tan sólo un par minutos, pues es tan secillo como presentar en hacienda el modelo 036 telemáticamente con el certificado digital.

    Aunque la empresa estuviese inactiva, dato que no tenemos, sus administradores siguen siendo responsables de todo lo relacionado con la empresa, hasta que se realice el balance final, el acta notarial y finalmente la liquidación. Para que el notario proporcione el acta, todas las deudas de la empresa tienen que haber sido saldadas, sino no es posible liquidarla y cerrarla definitivamente.

    Ahora bien, en el caso de que Hostimedia pretenda eludir sus responsabilidades, primero habría que saber si realmente tienen legalmente alguna responsabilidad con los clientes que se han visto afectados, y si la tuviesen (para ello tendrían que ser debidamente denunciados), no podrían liquidar la empresa antes de haber cumplido con sus responsabilidades.
     
  4. turcu

    turcu Administrador Miembro del Staff Administrador CH

    Una empresa entra en quiebra porque entra, mas alla de los procesos legales que deban llevar a cabo. Imaginemos un ejemplo practico, tenes una estacion de servicios (en la que vendes combustibles), y explota. No tenes respaldo economico, seguro, credito nada... quebraste automaticamente. No le vas a pagar ni a tus proveedores, ni responder a tus clientes, porque no podras. La empresa es la que sabe si puede seguir con sus actividades o no, y cuando. Despues llegara todo un proceso para comprobarlo y hacer todo lo que corresponde legalmente.

    Saludos!
     
    A ideasmultiples le gusta esto.
  5. paginalia

    paginalia Usuario activo

    Depende tambien del tipo de empresa, no es lo mismo una S.L. que una S.A.
     
  6. Andaina.net

    Andaina.net Usuario activo

    ¿hay alguna comunicado oficial o estais especulando?
     
  7. mlumbreras

    mlumbreras Usuario activo

    Es oficial.
     
  8. picante

    picante Usuario activo

    Yo lo siento, pero no lo veo claro, igual que no veo claro que se haya traspasado sus clientes a otra empresa sin comunicación previa a los clientes ¿Eso no es una infracción de la lopd?...

    Lo dicho en el primer post, es una reflexión en voz alta...
     
  9. jamf

    jamf Nuevo usuario

    Hola a todos:

    La cesión de la cartera a otra empresa en principio es legal, según el art. 19 del RD 1720/2007 no necesitan consentimiento de los titulares de los datos aunque sí deberá informarles el nuevo titular del fichero.

    Artículo 19. Supuestos especiales.

    En los supuestos en que se produzca una modificación del responsable del fichero como consecuencia de una operación de fusión, escisión, cesión global de activos y pasivos, aportación o transmisión de negocio o rama de actividad empresarial, o cualquier operación de reestructuración societaria de análoga naturaleza, contemplada por la normativa mercantil, no se producirá cesión de datos, sin perjuicio del cumplimiento por el responsable de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
     


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